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Hoja Informativa de Williams v. Pritzker

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La institucionalización innecesaria es ilegal
En Olmstead v. L.C. (1999), la Corte Suprema sostuvo que la institucionalización innecesaria de las personas con discapacidad es discriminación bajo la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.  Las personas con discapacidad tienen derecho a recibir servicios en el entorno más integrado y adecuado a sus necesidades.

Antecedentes del litigio
Williams v. Pritzker (originalmente Williams v. Blagojevich) es una demanda presentada por 2005 por personas con enfermedades mentales que residen en grandes instalaciones privadas financiadas por el Estado llamadas Instituciones para Enfermedades Mentales (“IMDs, por sus siglas en inglés”). El Juez certificó el caso como una demanda colectiva, por lo que el caso podría avanzar en nombre de todos los 4.300 residentes de IMD en Illinois.  Las partes llegaron a un acuerdo llamado Decreto de Consentimiento.  Luego, el juez celebró una Audiencia de Equidad para que las personas compartan sus opiniones sobre el acuerdo y, en el 2010, el Juez dio su aprobación final.  Este acuerdo histórico refleja un cambio trascendental en la política estatal para atender a las personas con enfermedades mentales.  El Juez designó un Monitor Independiente con experiencia en salud mental para supervisar la implementación y el cumplimiento del Decreto de Consentimiento.

¿Qué logra el Decreto de Consentimiento?

  • Los residentes interesados de IMD recibirán información sobre las opciones basadas en la comunidad, recibirán evaluaciones individualizadas e independientes y se les dará la oportunidad de vivir en la comunidad (incluida una vivienda de apoyo permanente) con los servicios adecuados.
  • Los residentes de IMD que estén contentos con su situación de vida actual no se verán obligados a mudarse a la comunidad y tendrán derecho a rechazar una evaluación.
  • Todos los residentes de IMD que deseen ser ubicados en la comunidad deberán realizar la transición al entorno comunitario más integrado apropiado para sus necesidades individuales.
  • El Estado proporcionará servicios y viviendas basados en la comunidad apropiados para las personas que están en transición fuera de los IMD, consistente con la visión personal, las preferencias, las fortalezas y las necesidades de los residentes, y elaborará un proceso para que las personas puedan recibir servicios comunitarios antes de mudarse a un IMD.
  • El Estado ahora será elegible para recibir reembolsos federales de Medicaid por medicamentos y atención médica cuando una persona recibe esos servicios en un entorno comunitario.
  • Hasta Septiembre 2019, el Estado ha brindado servicios a más de 2.500 personas en virtud del Decreto, pero se encontró fuera de cumplimiento por no cumplir con las transiciones requeridas el año pasado.
  • Los documentos relacionados con el caso se pueden encontrar en: equipforequality.org/issues/community-integration/documents-from-efes-class-actions/

¿Preguntas?
Si tiene preguntas sobre el caso o el Decreto de Consentimiento aprobado, por favor comuníquese con el abogado principal Benjamin Wolf por el 312-201-9740 x301 o bwolf@aclu-il.org.

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